Un anfitrión Airbnb, de acuerdo a su situación y/o servicios ofrecidos por la actividad de alquiler vacacional, puede inscribirse como contribuyente bajo dos regímenes, el régimen de Arrendamiento o el RIF (Régimen de Incorporación Fiscal).
Bajo de uno de esos regímenes, se debe declarar los ingresos y gastos deducibles,
al fin de determinar su base de calculo para el ISR (Impuestos Sobre la Renta) a pagar e IVA (Impuesto al Valor Agregado) si corresponde.
Dentro de los gastos que un anfitrión puede hacer deducibles se incluyen el alquiler, la hipoteca, los gastos de limpieza, las comisiones de alquiler o el seguro, por nombrar algunos.
Hay otros factores que también debes tener en cuenta.
Por ejemplo, si el espacio es de tu propiedad o si lo has alquilado, el número de noches que has ofrecido como anfitrión, si vives en la propiedad en alquiler, el régimen fiscal o los ingresos totales netos que hayas obtenido.
Si tienes dudas, puedes asesorarte con un contador.
De acuerdo a la circunstancia en la que te encuentres, podrás optar por una opción u otra.
Esperamos despertar tu inquietud para formar parte de los Anfitriones responsables.
Referencias:
LISR artículo 111 a 113.
LISR Titulo III artículo 115.
https://www.airbnb.es/help/article/182/what-expenses-are-deductible-from-my-airbnb-income
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